lunes, 24 de enero de 2011

victor piñeiro saavedra victor piñeiro saavedra el 24/01/2011 a las 11:44 AM

Don Fernando Lecaros: me es imposible no responder a las palabras de JAIME L. CASTELLO M., el 20.01.2011. en los siguientes términos:

1.- Ante todo el Sr. Jaime L. Castelló M. asistió a la reunión sin tener la representación ni de propietario ni de representante legal de ningún copropietario.

2.- Fue una reunión provocada y orquestada por el Sr. Arancibia y el Sr. Castelló, aunque lo nieguen. Venían preparados para ello, tanto es asi, que el Sr. Arancibia presionó al Sr. Administrador a que firmara un documento con el objeto a que llamará a asamblea para el 15 ó el 22. 

Además, el Sr. Catelló advirtió al Sr. Administardor, al Comité de Administración como a la asamblea que se iba a filmar la misma, hasta el día de hoy no sé  con qué objeto. Quien nada hace, nada teme. La razón de fondo de la asamblea fue provocada precisamente porque la empresa contratista apadrinada por el Sr. Arancibia no se adjudicó las obras. Así de simple. Por lo anterior tanto el Sr. Arancibia como el Sr. Castelló, están tratando de suspender las obras de remodelación ya adjudicadas para luego dejar sin efectos los contratos, insisto, válidamente celebrados, hasta que un tribunal diga lo contrario. 

3.- Tuve conocimiento que el Sr. Arancibia denunció a la Direccion de Obras de la I. Municipalidad de Viña del Mar que se estaban ejecutando obras sin permiso municipal, omitiendo deliberadamente que estas obras estan siendo llevadas a cabo producto del sismo pasado. La Municipalidad  respondió que las reparaciones provenientes del terremoto, no necesitan autorización municipal. Me parece increíble hasta donde llega la porfía y testarudez del Sr. Arancibia.

4.- Las supuestas infracciones que tan prolijamente describe el Sr. Castelló y el reconocimiento por parte del Sr. Administrador de supuestas falencias a la ley de copropiedad inmobiliaria,  sólo pueden y deben ser declaradas  por un tribunal de la república investido para tal efecto. El Sr. Castelló se inviste asimismo de supremo Juez, emitiendo dictámenes y antejuicios a priori sin ninguna base jurídica que las sustente, y si la tiene, esta deberá ser declarada por un tribunal al efecto.  

Ergo, mientras un tribunal no se pronuncie sobre las supuestas infracciones a la ley de copropiedadal, las asambleas, decisiones y demás que decidan ya sea por el Sr. Administrador como el Comité de Administración y comisiones al efecto son jurídicamente válidas. Le recuerdo al Sr. Castelló que sólo una sentencia ejecutoriada a nivel de corte suprema, dictaminará si el Sr. Administrador o el Comité de Administración han cometido faltas graves a la ley de copropiedad inmobiliaria.

5.- Por lo anterior, rechazo rotunda y categóricamente las imputaciones del Sr. Castelló, toda vez que carece por completo de la investidura para ello.

5.- No obtante a lo anterior, invito tanto a el Sr. Arancibia como al Sr. Castelló (siempre y cuendo invista los poderes de copropietario y/o representante legal) a deponer su actitud beligerente, dejando trabajar tanto al Sr. Administrador como al Comité de Administración, que sin nunguna duda trabajan por el bien de la comunidad toda,

4.- Tanto el Sr. Arancibia como el Sr. Castelló, aunque lo nieguen, lo que desean es remover al Sr. Administrador. Pues bien, existen los mecanismos legales para ello. Descarto desde ya al Sr. Castelló, ya que no posee la investidura para ello, ya que no es ni propietario ni representante legal ni judcial (hasta donde sé) de ningún  copropietario.

GRACIAS.

VICTOR C. PIÑEIRO S,
ABOGADO.

Artículo publicado en:
http://vecinos7hermanas.bligoo.cl/content/view/909661#comment-1364967

1 comentario:

  1. Sr. Piñeiro:

    Respondiendo a sus puntos:
    1: La reunión como fue llamada por la ADMINISTRACIÓN Y COMITÉ DE ADMINISTRACION, no era asamblea, mal podría haber necesitado un poder notarial, en todo caso ante los dichos de un copropietario renovamos el poder anterior que tenía y se amplió (el sr. Roncati tiene una copia en su poder), además de haber asistido a dicha reunión en compañía de la sra. Nancy Morales Ríos (propietaria del departamento 11 de la torre A-6, lugar donde resido).
    2: La reunión del 7 de Enero de 2011 fue llamada por la administración como se da a conocer en el punto 1, y dejé claro en la reunión que no fui notificado por estar en desacuerdo con la última gestión del comité y del administrador.
    3: Si los trabajos que realiza la empresa contratista no necesitan un permiso de trabajos menores es que ustedes han mentido a la comunidad, indicando que era pintura, arreglo de las fisuras y techo.
    4: En este punto estamos totalmente de acuerdo y es por eso que se han comenzado con los pasos legales correspondientes. "Ergo"(por tanto), esperaremos a que los tribunales se pronuncien, pero seguiremos trabajando no con el sr. Ildefonso Arancibia, si no con 25 propietarios que ya están hartos de pagar sus gastos comunes y siempre ver el deterioro del edificio.
    5.1: Rechace lo que desee, usted no tiene un apoyo general de los propietarios como el grupo que cada vez descubre nuevas irregularidades en la gestión de sus defendidos.
    5.2: Aprecio su inviotación a deponer las actitudes, lo mismo debiera recordar lo que se habló y se acordó en la última reunión que usted no ha apoyado que es una nueva asamblea, siendo abogado firman primero el contrato y después reducen el acta a pública, muchas incongruencias de su parte y la administración no cree? un hombre de derecho que debe ser derecho con la comunidad. Lo invito a que depongan su actitud atropelladora (comité, administración, abogado), hagan lo que la reunión fue acordada y debatamos como se debe en una asamblea.
    6: Sr. Piñeiro para remover al administrador se necesita una asamblea, quien debe llamarla es el comité, el administrador o el porcentaje requerido de copropietarios para llamar, en dicha última reunión por un porcentyaje mayor al que la ley estipula se acordó llamar a asamblea y no lo han hecho, por lo que se tuvo que pedir la intervención del juzgado correpondiente. El administrador debe dar cuenta de su trabajo, no lo ha hecho, el comité lo mismo... Debemos premiarlos? cuando den cuenta de su gestión LA ASAMBLEA LO EVALUARÁ, no el sr. Arancibia, no el sr. Castelló, no el sr. Piñeiro. A diferencia de usted queremos transparencia, la exigimos y esperamos que la comunidad también la exija... Sr. Piñeiro eso es un derecho... usted lo sabe.
    Y como usted no sabe mucho, pues estuvo en la reunión al lado izquierdo de mí, donde además vió a la propietaria de mi depto, las mentiras gracias a Dios las personas las saben diferenciar.
    Vea la filmación del video antes de seguir mintiendo sobre las personas a las cuales usted hace referencia sin prueba alguna.

    Atte

    J Castelló

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